Órganos de Cooperación


ÓRGANOS DE COOPERACIÓN

·        Consejo Regulador del Turismo de Galicia.
 
El Consejo Regulador del Turismo de Galicia es un órgano consultivo de la consejería competente en materia de turismo encargado de colaborar con los órganos ejecutivos de ésta para garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de turismo, así como en la ordenación, fomento y control de la calidad de los establecimientos y servicios del sector.
En particular, le corresponde:
a) Velar por que las clasificaciones de los establecimientos turísticos se adecuen a la realidad económica y social y a los niveles de calidad exigibles. A estos efectos, el consejo le propondrá a la consejería competente la creación, modificación o supresión de tipos de establecimientos turísticos o de modalidades o grupos dentro de los ya existentes.
b) Favorecer el desarrollo de una oferta turística gallega de calidad, mediante la elaboración de la reglamentación de marcas turísticas de calidad.
c) Informar las normas y planes que se elaboren en materia turística.
d) Proponer cuantas iniciativas considere pertinentes en el ámbito de sus competencias.
e) Ejercer cuantas funciones le atribuya la Administración turística de Galicia.
El Consejo Regulador del Turismo de Galicia estará integrado por una presidenta o un presidente, que se elegirá de entre sus miembros, y un número máximo de 12 vocales que representarán a las administraciones públicas con competencias en materia turística y a las asociaciones más representativas del sector turístico.
Las o los vocales se elegirán por un período de cuatro años, y pueden ser reelegidos.
Las o los vocales deberán estar vinculados a los sectores que representan, bien  directamente o bien por ser cargos directivos de sociedades que se dediquen a las actividades que representan.
El régimen de elección de los miembros del consejo, así como el funcionamiento interno y las funciones correspondientes a cada uno, serán objeto de desarrollo reglamentario. Se procurará en este órgano la composición de género equilibrada según lo previsto en la Ley 7/2004, para la igualdad de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Galicia y en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

·        TURGALICIA

La Sociedad de Imagen y Promoción Turística de Galicia, S.A. (Turgalicia) es una sociedad pública, dependiente de la Secretaría Xeral de Turismo que a su vez está integrada en la consergería de presidencia de la Xunta de Galicia. Constituida el día 22 de septiembre de 1992, como instrumento primordial de la política del turismo en Galicia, encargada de realizar una adecuada promoción de los recursos turísticos de nuestra Comunidad Autónoma.
Constituye el objeto de la sociedad la realización de las siguientes actividades:

  1. La promoción de la oferta turística de Galicia en los mercados nacionales e internacionales.
  2. La coordinación, el impulso, la gestión y la ejecución de las actividades de promoción turística interior y exterior.
  3. El fomento e impulso de las actividades de sector turístico para la promoción del turismo gallego.
  4. Las labores de información turística tanto a nivel nacional como internacional.
  5. El establecimiento de convenios y conciertos con instituciones públicas y privadas para la creación, coordinación y el desarrollo de acciones encaminadas a la información y promoción turística interior y exterior.
  6. Desarrollo y gestión de planes de calidad para aplicar en destinos y/o establecimientos turísticos.
  7. Editar folletos, libros y producir vídeos promocionales o material audiovisual.
  8. Todas las operaciones que sean preparatorias, auxiliares o complementarias de las mencionadas.
Así mismo, será objeto de la sociedad la creación y funcionamiento de una central de reservas que atienda debidamente la demanda turística en Galicia, fundamentalmente en el sector del turismo rural.
También constituye el objeto de la sociedad, sin prejuicio de las competencias que corresponden en materia de educación y enseñanzas turísticas a los órganos correspondientes de la Administración central y Xunta de Galicia, la creación y el funcionamiento de un Centro Superior de Hostelería que llevará a cabo las siguientes actividades:

  1. Reciclaje de profesionales del sector turístico.
  2. Formación teórica y práctica de alumnos en el campo de la hostelería, restauración, turismo y actividades complementarias.
  3. Organización y gestión de seminarios, conferencias, banquetes, catering y actividades similares.
  4. Gestión y explotación de establecimientos de la hostelería, restauración y bebidas abiertos al público.
  5. Actividades de asesoramiento y consultoría del sector turístico.
Ø       Gerencia
o        TURGALICIA – PROMOCIÓN
§         Área de Contratación
§         Área Económica y de Personal
§         Área de Ediciones
§         Área de Ferias
§         Área de Congresos
§         Área de Turismo Rural
§         Área de Nuevos Productos
§         Área de Informática
§         Área de Coordinación del Plan de Promoción
§         Área de Calidad
§         Área de Prensa





o TURGALICIA - CENTRO SUPERIOR DE HOSTELERÍA DE GALICIA
§         Dirección
§         Departamento de Consultoría y Formación
§         Departamento de Coordinación Académica
§         Departamento de Administración de Empresas
§         Departamento de Marketing
§         Departamento de Recursos Humanos
§         Departamento de Informática
§         Departamento de Alojamiento
§         Departamento de Cocina
§         Departamento de Idiomas
§         Departamento de Explotación y Stages
§         Departamento de Marketing y Calidad
o        TURGALICIA - OFICINAS DE TURISMO
§         Oficina de Turismo de Santiago
§         Oficina de Turismo de A Coruña
§         Oficina de Turismo de Galicia en Madrid

     Ø  Directorio






TURGALICIA

-          Carretera Santiago - Noia km 3. A Barcia. 15896 Santiago de Compostela. A Coruña.

Centro de Información y Reservas

Centralita CSHG

Oficina de Turismo de Santiago


TURGALICIA
-          Carretera Santiago - Noia km 3. A Barcia. 15896 Santiago de Compostela. A Coruña.
TURGALICIA - PROMOCIÓN
Centro de Información y Reservas
TEL: +34 981 542 500 | +34 902 200 432
FAX: +34 981 542 659
E-MAIL: cir.turgalicia@xunta.es
TURGALICIA - CENTRO SUPERIOR DE HOSTELERÍA DE GALICIA
Centralita CSHG
TEL: +34 981 542 519
FAX: +34 981 542 590
E-MAIL: cshg@xunta.es
TURGALICIA - OFICINAS DE TURISMO
Oficina de Turismo de Santiago
TEL: +34 981 584 081
FAX: +34 981 565 178
E-MAIL: ot.santiago@xunta.es
Oficina de Turismo de A Coruña
TEL: +34 981 221 822
FAX: +34 981 221 822
E-MAIL: oficina.turismo.coruna@xunta.es
Oficina de Turismo de Galicia en Madrid
TEL: +34 915 954 214
FAX: +34 915 954 268
E-MAIL: ot.gal.madrid@xunta.es



Administración Central


ORGANIZACIONES TURÍSTICAS


Administraciones públicas competentes en materia de turismo.
Las administraciones competentes en materia de turismo son las siguientes:
a) La Administración de la Xunta de Galicia.
b) Los ayuntamientos.
c) Las entidades locales supramunicipales.
d) Los organismos autónomos y las entidades de derecho público constituidos por cualquiera de las administraciones indicadas, o adscritos a las mismas, para el ejercicio de las competencias que afecten al sector turístico.
Las competencias de las administraciones turísticas mencionadas, siempre que no supongan el ejercicio de autoridad pública, podrán ejercerse a través de sociedades mercantiles públicas o recurriendo a otras fórmulas de derecho privado, conforme a lo establecido por la legislación aplicable en cada caso.

ADMINISTRACION CENTRAL

·        Competencias de la Administración de la Xunta de Galicia.
Le corresponden a la Administración de la Xunta de Galicia, entre otras, las siguientes atribuciones:
a) La ejecución y actuación de las medidas de ordenación y promoción del turismo determinado por la presente ley.
b) La protección y preservación de los recursos turísticos existentes y el fomento de la creación o la creación directa de nuevos recursos turísticos.
c) La promoción y protección de la imagen de Galicia como marca turística.
d) La declaración de recursos de interés turístico general, la declaración de ayuntamientos turísticos, la declaración de territorios de preferente actuación turística y la creación y definición de denominaciones geoturísticas.
e) La potenciación de la enseñanza de turismo y de la formación y perfeccionamiento de las profesionales y de los profesionales del sector.
f) El ejercicio de las potestades administrativas de planificación, programación, fomento, inspección y sanción previstas en la presente ley, de forma exclusiva o en colaboración con otras administraciones.
g) El sostenimiento del Registro de Establecimientos y Actividades Turísticas de Galicia.
h) La elaboración de estadísticas turísticas y estudios relacionados con la materia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/1988, de 19 de julio, de estadística de Galicia.
i) La elaboración y aprobación de los planes precisos para la determinación y priorización de los objetivos que haya que alcanzar para el desarrollo turístico de Galicia.
j) El ejercicio de potestades administrativas vinculadas a la protección de las empresas turísticas legalmente constituidas y a la defensa de su actividad frente al intrusismo.
Estas atribuciones serán ejercidas por la consejería competente en cada caso, bajo la dirección y coordinación de la Xunta de Galicia.
·     


Competencias municipales.

Corresponden a los ayuntamientos, sin perjuicio de las competencias establecidas por la legislación de régimen local, las siguientes atribuciones:
a) La promoción y protección de los recursos turísticos de interés local y general.
b) La declaración de los recursos turísticos de interés local y, si procede, la iniciativa para que sean declarados recursos de interés turístico general.
c) La promoción de la concesión de denominaciones geoturísticas y de la declaración de interés turístico de lugares, bienes y servicios situados dentro de su territorio.
d) La colaboración con la Administración de la Comunidad Autónoma, instrumentada a través de fórmulas cooperativas adecuadas como la consorcial.
e) La participación en el proceso de elaboración de planes de ordenación, promoción o inspección turística de Galicia.
f) El ejercicio de las competencias turísticas que les delegue o les asigne la Administración de la Xunta, de acuerdo con lo establecido por la legislación de régimen local.
·        Competencias de las entidades locales supramunicipales.
Corresponden a las entidades locales supramunicipales, sin perjuicio de las competencias establecidas por la legislación de régimen local, las siguientes atribuciones:
a) La promoción de los recursos y de las marcas turísticas de su ámbito territorial, en coordinación con todos los entes locales afectados.
b) El asesoramiento y apoyo técnico a los entes locales de su ámbito territorial en cualquier aspecto que mejore su competitividad turística.
c) La articulación, coordinación y fomento de las estrategias de promoción derivadas del ámbito privado del sector turístico.
d) La participación en la formulación de los instrumentos de planificación turística.
Las entidades locales supramunicipales ejercerán sus competencias turísticas en coordinación con el departamento de la Xunta competente en materia de turismo y con las demás administraciones turísticas de su ámbito territorial.
Red Gallega de Oficinas de Turismo.

Son oficinas de turismo aquellas dependencias de titularidad pública o privada abiertas al público en general en las que se facilite orientación, asistencia e información turística.
Con el fin de fomentar la imagen de Galicia como marca turística y proporcionar una información veraz, completa y homogénea adecuada a las necesidades de las personas visitantes, se crea la Red Gallega de Oficinas de Turismo, integrada por las oficinas de turismo de titularidad de la Xunta de Galicia y aquellas otras de titularidad pública o privada que se integren voluntariamente en ella.
Se establecerán por reglamento las funciones, los servicios, el régimen horario mínimo, la identidad de imagen de la red y los demás requisitos que deban cumplir las oficinas integradas en la Red Gallega de Oficinas de Turismo, y las ventajas o prestaciones de la Administración turística de la Xunta de Galicia a las que pueden acceder, así como el procedimiento para solicitar la adhesión voluntaria a la red.
·       
 Comunidades gallegas en el exterior.
Con el fin de complementar la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma gallega en el exterior en materia turística, que se lleva a cabo a través de las delegaciones de la Xunta en el exterior, se podrán suscribir acuerdos con las entidades representativas de las comunidades gallegas en el exterior, al considerarlas como un vehículo preferente de promoción turística fuera de nuestras fronteras.
La Xunta garantizará a estas comunidades y a las federaciones, uniones y confederaciones en que se agrupen el acceso a la información sobre las disposiciones y la actividad de sus órganos en materia de turismo, y promoverá la colaboración de éstas con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con la legislación aplicable en la materia, para reforzar la presencia en el exterior de la Comunidad Autónoma, prestar los servicios que se les encomienden en el ámbito de la promoción turística de Galicia y, en su caso, percibir las ayudas públicas fijadas por la Xunta.
La Administración autonómica colaborará con estas comunidades y con las uniones, federaciones y confederaciones en que se agrupen, les garantizará el acceso a la información sobre las disposiciones y la actividad de sus órganos en materia de turismo y establecerá, en su caso, ayudas públicas dirigidas a ellas.  
·        
Secretaría General para el Turismo (Organigrama)

Secretaría Xeral para o Turismo

Praza de Mazarelos, 15

15703 Santiago de Compostela

Teléfono: 981 546 358

Secretaria xeral para o Turismo
Teléfono: 981 546 351/2
Fax: 981 546 356
Correo-e: secretaria.turismo@xunta.es


Para desenvolver sus funciones, la  Secretaría General para el Turismo consta de las siguientes unidades:
Ø      Subdirección Xeral de Ordenación, Inspección e Planificación Turística
Teléfono: 981 546 353
Correo-e: jose.luis.maestro.castineiras@xunta.es
Subdirector xeral: José Luis Maestro Castiñeiras
-         Servicio de Ordenación del Turismo
Teléfono: 981 546 380
Fax: 981 546 381
Correo-e: ivan.melendez.medela@xunta.es
Xefe do servizo: Iván Meléndez Medela
-         Servicio de Inspección del Turismo
Teléfono: 981 546 380
Fax: 981 546 381
Correo-e: ivan.melendez.medela@xunta.es
Xefe do servizo: Iván Meléndez Medela
-         Servicio de Planificación Turística y Programas Europeos
Teléfono: 981 546 373
Fax: 981 546 372
Correo-e: laura.gonzalez-dopeso.portela@xunta.es
Xefa de servizo: Laura Mª González-Dopeso Portela
-         Servicio de Apoyo Jurídico-Administrativo
Teléfono: 981 546 366
Correo-e: monica.santiso.lareo@xunta.es
Xefa de servizo: Mónica Santiso Lareo
Ø      Subdirección General de Gestión, Fomento y Cooperación
Teléfono: 981 546 354
Fax: 981 540 175
Correo-e: elena.barca.ramos@xunta.es
Subdirectora xeral: Mª Elena Barca Ramos
-         Servicio de Gestión y Fomento
Teléfono: 981 546 378
Fax: 981 546 371
Correo-e: esther.yabrra.san.martin@xunta.es
Xefe do servizo: Esther Ybarra San Martin
-         Servicio de Inversión y Supervisión Técnico-Turística
Teléfono: 981 546 225
Fax: 981 546 647
Correo-e: jesus.alvarez.florez@xunta.es
Xefa do servizo: Jesús Álvarez Flórez
-         Servicio de Cooperación Institucional, Promocional y Formación
Teléfono: 981 546 360
Fax: 981 546 647
Correo-e: mercedes.cardelle.espasandin@xunta.es
Xefa do servizo: Mercedes Cardelle Espasandín
-         Servicio de Contratación
Teléfono: 981 547 499
Fax: 981 546 647
Correo-e: pedro.felipe.pedrouzo.devesa@xunta.es
Xefe do servizo: Pedro Pedrouzo Devesa

Caracterización Turística

CARACTERIZACIÓN TURÍSTICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA


Galicia es una Comunidad Autónoma que posee unos 2.795.422 habitantes (INE, 1 de enero de 2011)Es la quinta comunidad autónoma de España en número de habitantes y su densidad de población, de 93,6 hab./km², es ligeramente superior a la media española. 

El turismo en Galicia es de una actividad que representa hoy en día una importante fuente de ingresos. Durante el año 2007 Galicia recibió 5,7 millones de turistas, un 8% más que en el año 2006, es un 11% más que en 2005 y 2004. Santiago de Compostela es uno de los principales reclamos turísticos gallegos junto con el Camino de Santiago, las playas, gastronomía, ocio... El turismo supone el 12 % del Producto Interior Bruto (PIB) gallego y emplea a un 12 o 13 % de los trabajadores.

Según el INE, Galicia recibe cada año una media de 685.022 turistas atraídos por diferentes motivos : trabajo, negocios, ferias, congresos, personales...aunque los más destacados son ocio y vacaciones (9,8)y estudios(12,9). A esto cabe destacar que la llegada de viajeros españoles cayó un 6,8% durante los nueve primeros meses de 2012 y los ingresos del sector hotelero acumulan casi dos años de descensos consecutivos (14.857 viajeros menos que en 2011). 

El principal responsable de esta caída es el turismo nacional, que entre enero y septiembre de este año se redujo un 6,8%: de 2.106.560 viajeros a 1.964.038. Galicia siempre ha sido una de las comunidades españolas más dependientes de los movimientos interiores, hasta el punto de que antes de la crisis casi nueve de cada diez turistas procedían de otros puntos del país. Con la crisis y la reducción del consumo interno ese porcentaje se ha rebajado, pero incluso así los viajeros nacionales representan el 76,1% de todos los que pernoctaron en Galicia en lo que va de año. 

También es importante destacar el gasto de los turistas por CCAA de destino principal, periodo, gasto/estancia e indicador. (Unidades:gasto total en millones de euros. Gasto medio en euros. Estancia en noches) 

GASTO TOTAL 2011 (1) 
Valor absoluto :677 
Variación interanual: c4,8 
GASTO MEDIO POR PERSONA 
Valor absoluto:989 
Variación interanual: 5,4 
GASTO MEDIO DIARIO 
Valor absoluto: 99 
Valor interanual: 8,9 
ESTANCIA MEDIA 
Valor absoluto: 10 
Valor interanual: -3.2

Entrada



En este espacio os vamos a introducir al territorio de Galicia. Para ello vamos a abordar temática variada con el fin de dar la mejor visión posible de esta región. Una visión profunda donde analizaremos  la gestion, planificación, recursos, política y demás acontecimientos que conforman una comunidad rica en historia, leyendas y magia. Intentaremos trasmitiros la esencia y señas de identidad de la mano de sus principales actores.
                                                                                                               

NOTICIAS

Integrantes



ESCUELA UNIVERSITARIA DE ESTUDIOS EMPRESARIALES: GRADO TURISMO


  • FRANCISCO PARRA 
  • CRISTINA PINTOR 
  • MARTA LOPEZ 
  • ARACELI PACHECO 
  • PABLO PORTILLO 
  • VANESSA VARGAS 

Medio Ambiente




Galicia dispone de una amplia variedad paisajística, cuenta multitud de llanuras en el  interior de una morfología elevada  que  contrastan con el relieve costero de baja altitud.

La costa gallega se caracteriza por tener multitud de entrantes y salientes e islas pequeñas, una de la características más singulares es la presencia de rías.

El interior cuenta con montañas altas y romas,  y amplias laderas de abrupta pendiente. Todo el territorio queda regado por la multitud de afluentes que existen, de hecho Galicia es conocida por “la tierra de los mil ríos”, sin embargo por lo general  éstos no son de gran tamaño.
Debido a estas características el paisaje y  la naturaleza cobra una gran importancia en este territorio. Galicia cuenta con 126 playas distinguidas con “la bandera azul” convirtiendo a esta comunidad en el líder número uno en España.
  




ESPACIOS PROTEGIDOS

En el artículo 149.23 de la Constitución española se recoge que la “Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias »
Es decir que el Estado español puede establecer unas « figuras » para ordenar y proteger espacios del territorio gallego, de la misma manera que la Xunta de Galicia puede establecer otras figuras de protección.

FIGURAS DE PROTECCIÓN DISPUESTAS POR EL ESTADO ESPAÑOL
         
PARQUES NACIONALES

Figura propuesta por el Gobierno Central para proteger un territorio con una flora y fauna de alta riqueza y valor científico.
La  tutela, el establecimiento de directrices básicas y la coherencia de la red es una tarea que corre a cargo de la Administración General del Estado. Sin embargo y de acuerdo con la ley  ley 5/2007 de la Red de Parques Nacionales corresponde a las Comunidades Autónomas el régimen de autoorganización y financiación de éstos.

« Parque Nacional de las Islas Atlánticas de Galicia »

La ley  15/2002, de 1 de julio declara Parque Nacional (BOE nº 157 de 02/07/02). Desde el 1 de julio de 2008, la gestión del Parque Nacional Marítimo - Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma de Galicia a través del  REAL DECRETO 1082/2008, de 3 de junio.
Pertenece a la Red Natura 2000[1] y a la Comisión Ospar, ambas figuras son de ámbito de protección Europeo.

FICHA

Se trata de un archipiélago de islas localizadas entre la ría de Arousa y la de Vigo. Representa sistemas naturales ligados a zonas costeras y plataforma continental de la Región Eurosiberiana. Presenta una extraordinaria biodiversidad, con gran variedad de ecosistemas.

Archipiélago e islas integrantes: Archipiélago de Ons, Archipiélago de Cíes, Isla de Cortegada, Isla de Sálvora.

Su acceso sólo es posible a través del mar por medio de servicios de transporte marítimo de pasajeros que operan en determinadas fechas o, con autorización previa, mediante embarcación privada.
Cuenta con Centro de Visitantes,  puntos de información turística, centros de interpretación y  servicio de guías turísticos. En materia de alojamiento se localiza el camping de Las Islas Cies.